en Dependencia, Desiguales por Ley, Economía, Feminismo ante la crisis

Preguntas sobre la atención a la dependencia para los partidos políticos

Para el acto organizado por la Plataforma por la Remunicipalizacion de los Servicios Públicos, 18/03/2026

España solamente dedica a Cuidados de Larga Duración un 1% del PIB, con lo que se sitúa a la cola de la UE (solo por delante de Portugal, Italia, Estonia, Hungría, Polonia y Grecia); y este gasto aumenta a menor ritmo que las necesidades. Pero no solo hay que aumentar el gasto, también hay que utilizar los recursos de manera justa y eficiente

La Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia establece el «derecho a la promoción de la autonomía personal y atención a la situación de dependencia», pero no el DERECHO a la ATENCIÓN SUFICIENTE, ni GRATUITA, ni DE CALIDAD, como sí lo hace la Ley General de Sanidad, o la Ley de Educación (ahora ya a partir de los 3 años). ¿Qué hace a la Dependencia diferente de la educación o la sanidad? ¿Por qué hay copago en los cuidados a personas en situación de dependencia pero no en educación básica o en sanidad?

Pregunta 1.- ¿La atención a la dependencia debería ser un servicio público como la educación básica o la atención sanitaria? En ese caso, ¿por qué sigue dentro de los servicios sociales? ¿Propone tu partido que se cree un sistema público de atención a la dependencia independiente (como lo son Sanidad o Educación) en el que se reconozca el derecho a la atención gratuita (universal), suficiente y de calidad por parte de los servicios públicos?

La Ley 39/2006 declara como objetivo «La permanencia de las personas en situación de dependencia, siempre que sea posible, en el entorno en el que desarrollan su vida». Por su parte, y muy recientemente, la Estrategia de Desinstitucionalización del Gobierno de España declara el objetivo de «Pasar del modelo de cuidados basado en la atención asistencial de personas en institucionesa un modelo de atención comunitaria y personalizada, donde las personas pueden elegir donde vivir «… ejerciendo «el derecho a vivir en familia»

Pregunta 2.- ¿Sería posible proporcionar atención suficiente y de calidad a las personas con dependencia severa en casa? ¿Cuántas personas con trabajo digno se necesitan para atender correctamente a un gran dependiente en un domicilio particular? ¿Cuál sería aproximadamente la ratio nº de personas con empleo de calidad por gran dependiente en atención residencial de calidad suficiente? En definitiva, ¿cree tu partido que es posible atender a todas las personas grandes dependientes en sus hogares, con atención suficiente y de calidad, con trabajo digno y sin obligar a alguna mujer de su familia a convertirse en cuidadora 24/7/365 (o en el mejor de los casos con un «respiro» durante las escasas horas de atención a domicilio)?

El supuesto «derecho a vivir en familia» y las cuidadoras familiares: el Art. 18 estableció la Prestación Económica por Cuidados en el Entorno Familiar (PECEF) con carácter excepcional (ya que en el informe de impacto de género se reconocía su impacto de género negativo, porque ese supuesto «derecho a vivir en familia» obliga a las mujeres de la familia a convertirse en cuidadoras y a quedarse sin derechos.- derecho al trabajo profesional, derecho a un ingreso digno durante toda la vida, derecho a la independencia económica, derecho al descanso, al ocio, a la libertad de movimientos, a su propia vida familiar, a elegir con quién vivir…):
Art. 18: Excepcionalmente, cuando el beneficiario esté siendo atendido por su entorno familiar, y se reúnan las condiciones establecidas en el artículo 14.4, se reconocerá una prestación económica para cuidados familiares (PECEF)
Pero, a 31 de enero de 2025, la PECEF  es la prestación mayoritaria (737.452 PECEF, frente a 395.639 de ayuda a domicilio y 184.731 de atención residencial). Las cuidadoras familiares (casi 9 de cada 10 con convenio especial son mujeres.- en Febrero de 2026 son 87.664 mujeres y 12.812 hombres) se dedican a tiempo completo, 24/7/365 en el caso de gran dependencia, por cantidades que pueden llegar como máximo a 450 euros al mes. La ayuda a domicilio se concede por unas horas a las personas con grado de dependencia máximo, así que solo es un complemento a la necesaria existencia de la cuidadora familiar (en ese caso sin PECEF, ya que son prestaciones incompatibles).

Vamos a peor: según reporta la Asociación de Trabajadores y Gerentes de Servicios Sociales, «en 2025 el número de personas atendidas ha aumentado, pero se consolida un sistema «low cost». En efecto, entre Diciembre de 2018 y Diciembre de 2025, la PECEF creció un 74,6%; la atención residencial creció un 10,6%. El déficit de plazas residenciales sigue creciendo, debido a la evolución demográfica y al deterioro de la salud de la población.

En resumen, para la inmensa mayoría, podemos decir que el sistema se basa esencialmente, y cada vez más, en el necesario cuidado por parte de las mujeres de la familia, complementado por el trabajo precario de las trabajadoras del SAD gestionado por empresas privadas. Es un sistema sexista que fomenta la precariedad, la esclavitud y la dependencia económica de las mujeres.

Pregunta 3: 20 años después de la Ley de Dependencia, ¿cree tu partido que teníamos razón las feministas cuando nos oponíamos a la existencia del Artículo 18 y proponíamos que la Ley estuviera basada exclusivamente en servicios públicos? ¿Qué va a hacer tu partido al respecto? ¿Proponéis que se elimine la PECEF?

Prestaciones vinculadas al servicio y desgravaciones fiscales: también es un sistema clasista, porque deja sin atención a las personas mayores con bajos ingresos (la gran mayoría mujeres) y utiliza el dinero público para prestaciones y desgravaciones que sólo están al alcance de unos pocos. En efecto, una minoría de las personas dependientes, si su nivel adquisitivo lo permite, recurre a empleadas de hogar, que como sabemos no tienen los mismos derechos laborales que los demás trabajadores ni aún en el caso de que estén dadas de alta en su «sistema especial» de la Seguridad Social». Los niveles de renta medios y altos también pueden beneficiarse de las desgravaciones fiscales por cuidado de dependientes en el hogar, o de la Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS) si tienen dinero para completar esa prestación con lo que cuesta una residencia privada.

Pregunta 4: ¿propone tu partido que se eliminen la PEVS y las desgravaciones fiscales vinculadas a la dependencia, para revertir esos fondos públicos en la provisión de servicios públicos?

El problema de la llamada «Patronal de la Dependencia»: la gestión privada de los servicios ocasiona precariedad de las trabajadoras y atención deficiente, como seguramente explicarán las compañeras en los bloques de Residencias y de Atención a Domicilio. Pero, además, las AAPP se convierten en rehenes de las grandes empresas cada vez más, como muestra el caso MUFACE.

Pregunta 5: ¿sois conscientes en tu partido de que el problema de la dependencia respecto a la llamada «Patronal de la Dependencia» se agrava día a día? ¿Qué pensáis hacer?

Plataformas digitales de cuidados: como consecuencia del grave déficit de atención, están proliferando estas plataformas que son el colmo de la falta total de derechos, y las AAPP no están haciendo nada por regularlas o prohibirlas.

Pregunta 6: ¿qué está haciendo tu partido al respecto de las Plataformas Digitales de Cuidados?

Propuesta: nuevo sistema de ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA: establecer por ley el Derecho universala la atención suficiente por parte de los servicios públicos(de gestión directa o por empresa pública, no de gestión privada):

  • Aumentar la cobertura para atender toda la demanda sin contar con la cuidadora familiar
  • Sólo servicios públicos de gestión y provisión pública: revertir privatizaciones
  • Eliminar prestaciones y desgravaciones relacionadas con la dependencia

El Instituto de Estudios Fiscales realizó un estudio (ver REFERENCIAS aqui al final) en el que se calculaba la viabilidad de este sistema con un plan para completarlo en 10 años.

Pregunta 7: ¿qué piensa tu partido de esta propuesta? Si estáis de acuerdo, ¿qué acciones habéis realizado o pensáis llevar a cabo al respecto?

REFERENCIAS:

Martínez, R., Roldán, S. y Sastre, M. (2018). La atención a la dependencia en España. Evaluación del Sistema actual y propuesta de implantación de un Sistema basado en el derecho universal de atención suficiente por parte de los servicios públicos. Papeles de Trabajo del Instituto de Estudios Fiscales, 5/2018.

Martínez, R., Pazos, M., Roldán, S. y M. Sastre, M. (2019). Atención a la dependencia: ¿es posible atender las necesidades y asegurar los derechos de todas las personas implicadas? Servicios Sociales y Política Social Vol XXXVII Nº 120: Nuevas Políticas Sociales. ISSN 1130-7633.

Navarro, V., & Pazos, M. [coordinadores] (2020). El Cuarto Pilar del Estado del Bienestar: una propuesta para cubrir necesidades esenciales de cuidado, crear empleo y avanzar hacia la igualdad de género. Documento de Trabajo de la Universidad Pompeu Fabra.

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